Actualizaciones Legislativas

Lo que necesita saber

Se aprobó una nueva legislación (HB 1) que afectará los programas de elección escolar de Florida. Firmado por el gobernador DeSantis el 27 de marzo, estos cambios entrarán en vigor el 1 de julio de 2023.

Le animamos a comprobar de nuevo en las próximas semanas para las actualizaciones relativas a la implementación de los cambios legislativos.
Preguntas Frecuentes
Proyecto de Ley 1
Amplía la elegibilidad para todos los estudiantes de K-12, independientemente de los ingresos del hogar, y convierte la beca en cuentas de ahorro para la educación, o "ESAs".
Crea un nuevo programa denominado Programa de Educación Personalizada, o "PEP". Un programa de cuentas de ahorro para la educación que permite a los padres personalizar la educación de los alumnos que no asisten a tiempo completo a centros públicos o privados.

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Beca Florida Tax Credit (FTC) /
Beca Family Empowerment para Opciones Educativas (FES-EO)

La nueva legislación amplía la elegibilidad de los programas de Florida Tax Credit (FTC) y Beca Family Empowerment para Opciones Educativas (FES-EO) para permitir a los estudiantes de K-12 residentes en Florida acceder a una beca, independientemente de los ingresos familiares. Además, estos programas se convertirán en cuentas de ahorro para la educación, o "ESA", para permitir más flexibilidad en el uso de los fondos por parte de las familias.

Las familias que renovantes seguirán teniendo prioridad. Se dará prioridad a las familias nuevas con ingresos familiares en tres niveles:

  • Estudiantes con ingresos familiares que no superen el 185% del nivel federal de pobreza
  • Los estudiantes con ingresos familiares superiores al 185% del nivel federal de pobreza, pero no superan el 400% del nivel federal de pobreza reciben la tercera prioridad más alta.
  • Estudiantes con ingresos familiares que superen el 400% del nivel federal de pobreza

Las ESAs permiten más flexibilidad en como se puede invertir los fondos de las becas en la educación de sus hijos. La legislación amplía los usos autorizados de los fondos para incluir lo siguiente:

  • Materiales instructivos
  • Plan de estudios
  • Matrícula & cuotas para:
    • Inscripción a tiempo completo o parcial en una institución postsecundaria elegible o un programa ofrecido por una institución postsecundaria
    • Un programa aprobado de preaprendizaje
    • Un programa de tutoría privada
    • Un programa virtual de un proveedor privado en línea aprobado por el Dept. de Educación
    • Florida Virtual School como estudiante de pago privado
    • Un curso en línea aprobado
  • Cuotas para:
    • Pruebas de rendimiento estandarizadas a nivel nacional y con referencia normas
    • Exámenes de Colocación Avanzada
    • Exámenes de certificación de la industria
    • Evaluaciones relacionadas con la educación postsecundaria, o
    • Otras evaluaciones
  • Servicios contratados proporcionados por una escuela pública o un distrito escolar, incluidas las clases (sujeto al espacio y la disponibilidad de la escuela)
  • Matrícula y cuotas por servicios de tutoría a tiempo parcial o cuotas por servicios proporcionados por un navegador de elección
    • Los “Navegadores de Elección” (“Choice Navigators”) brindan consultas a los estudiantes y las familias sobre:
      • La selección, solicitud, e inscripción en opciones educativas que aborden las necesidades académicas del estudiante
      • Selección de Plan de Estudios (Currículo)
      • Asesoramiento sobre carreras y oportunidades de educación postsecundaria
    • Deben cumplir con los mismos requisitos que los tutores privados bajo FES
    • Los Navegantes de Elección no están autorizados a supervisar o ejercer control sobre los planes de estudios o programas académicos de un programa de educación personalizada.
  • Permite a todos los estudiantes con derecho a FES-EO utilizar la beca de transporte

Los padres de estudiantes de beca en escuela privado a tiempo completo deben comprometerse a que su Organización de Financiación de Becas, o "SFO", comprometa los fondos de la beca en nombre de sus estudiantes para la matrícula y las cuotas antes de utilizar los fondos de la ESA para otros usos autorizados de los fondos del programa. Además, una organización de financiación de becas no puede transferir fondos de becas a la cuenta de un estudiante que ya tenga un saldo superior a $24,000.

El Programa de Educación Personalizada (Personalized Education Program) o “PEP” es una nueva opción de elección de escuela bajo el programa de Beca Florida Tax Credit establecido por esta legislación. El programa es similar a un programa de educación en el hogar—en que la instrucción del estudiante será dirigida por sus padres— con algunos requisitos adicionales:

    • Hasta 20,000 estudiantes pueden ser financiados por PEP para el año escolar 2023-2024. Ese número puede aumentar en 40,000 estudiantes cada año hasta el 1 de julio de 2027—después de los cual no hay restricciones sobre cuántos estudiantes pueden ser financiados por PEP.
    • Los padres de los estudiantes PEP deben solicitar a una SFO para que el estudiante participe en el programa y firmar anualmente una declaración jurada de cumplimiento en la que aceptan que:
      • Los padres presentarán anualmente un Plan de Aprendizaje (Student Learning Plan) o “SLP” al SFO de su estudiante antes del primer año del estudiante en PEP y antes de que se renueven los fondos cada año a partir de entonces.
      • Los padres requerirán que sus estudiantes tomen una prueba de referencia nacional identificada por el Departamento de Educación o una evaluación estatal. Los puntajes de las pruebas deben informarse anualmente a la SFO del estudiante antes de que se pueda renovar su beca.

Beca Family Empowerment para Necesidades Especiales
 (FES-UA)

  • Expande los Usos Autorizados de los Fondos del Programa bajo FES-UA. Los estudiantes con necesidades especiales que califiquen para una ESA pueden usar sus fondos para los siguientes propósitos adicionales OPCIONALES:
    • Un programa de preaprendizaje aprobado.
    • Tarifas por servicios proporcionados por un navegador de elección.
      • Los “Navegadores de Elección” (“Choice Navigators”) brindan consultas a los estudiantes y las familias sobre:
        • La selección, solicitud, e inscripción en opciones educativas que aborden las necesidades académicas del estudiante
        • Selección de Plan de Estudios (Currículo)
        • Asesoramiento sobre carreras y oportunidades de educación postsecundaria
  • Una organización de financiamiento de beca no puede transferir fondos de becas a una cuenta de un estudiante que ya tenga un saldo superior a $50,000.
  • Permite que los estudiantes no públicos sin un Plan de Educación Individual o “IEP” completen su matriz de servicios utilizando informes de evaluación y planes de cuidados desarrollados por proveedores aprobados o un hospital que ofrece servicios especializados autorizados bajo este estatuto.
  • Antes de inscribir a un estudiante, las escuelas privadas deben analizar los programas y las pólizas académicas de la escuela, los servicios especializados, el código de conducta y las pólizas de asistencia con los padres para determinar qué programas y servicios pueden satisfacer las necesidades individuales del estudiante.
  • Las escuelas privadas deben incluir una declaración en el sitio web de su escuela de que un estudiante con una discapacidad colocado por sus padres en una escuela privada no tiene derecho individual a recibir parte o la totalidad de la educación especial y los servicios relacionados que el estudiante recibiría si se inscribiera en una escuela pública bajo la Ley de Educación para Individuos con Discapacidades (Individuals with Disabilities Education Act; IDEA), según enmendada.
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